sábado, 18 de marzo de 2017

El proceso de las mentiras internacionales (I)

La diputada de Cs Susana Beltrán había pedido reiteradamente los memorándums que la Consejería de Asuntos Exteriores del Gobierno de la Generalitat utiliza para explicar a interlocutores extranjeros la situación en Cataluña.



Tras reiteradas negativas a entregar dichos documentos, finalmente el Departamento de Raül Romeva ha publicado esos documentos en su web. Pueden consultarse aquí.



Acabo de abrir el más reciente de ellos, de fecha 15 de marzo. Es un análisis del informe de la Comisión de Venecia sobre la reforma de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC), informe al que dedicaba hace unos días una entrada de este mismo blog. Este es el texto del memorándum del Departamento de Romeva



El memorándum contiene una mentira flagrante. No hablo de tergiversaciones o informaciones sesgadas, que hay muchas (y para comprobarlo me remito a mi comentario al informe de la Comisión de Venecia que citaba hace un momento), sino de mentira absoluta.
El memorándum indica que la imposición de multas coercitivas que prevé ahora la LOTC debe ajustarse a las garantías previstas en el Convenio Europeo de Derechos Humanos, lo que no hace la ley actual, y cita los apartados 48 y 49 del Informe. Copio este fragmento del memorándum:

"The procedure to impose coercive fines, which should not be ascribed to the Constitutional Court, must comply with the guarantees provided for in article 6 (right to a fair process) of the European Convention on Human Rights, something that the current law does not (Paragraphs 48 and 49)"

La negrita está añadida por mí. Es la frase en la que dice el memorándum que actualmente la ley no cumple con las garantías exigidas por el Convenio Europeo de Derechos Humanos. Bien, aporto a continuación los párrafos 48 y 49 del dictamen de la Comisión de Venecia al que se refiere el memorándum



¿Dice algo en esos apartados de que el Derecho español no cumple con los estándares del Convenio Europeo de Derechos Humanos? No, no lo dice, pero es que además, veamos lo que dice el apartado 50 del informe de la Comisión de Venecia:


Esto es, expresamente el informe indica que la aplicación de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Adeministrativa que prevé la LOTC garantiza que se cumplirá con los estándares exigidos por el Convenio Europeo de Derechos Humanos si se aplica correctamente por el Tribunal Constitucional.
El informe de la Comisión de Venecia indica expresamente que la regulación española cumple con los estándares exigidos por el Convenio Europeo de Derechos Humanos y el memorándum de Romeva dice que el informe señala que la legislación española no cumple actualmente con dichos estándares.
Una mentira flagrante, aberrante. Una más.
Y voy por el primero de los memorándums...

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